El proyecto de Ley N° 072/22 que hoy comenzará a ser analizado en comisiones de la Legislatura de Chubut se presenta como el bloque normativo que viene a regular la actividad pesquera industrial de la provincia, segundo pilar de la economía chubutense, después del petróleo.
Desde el punto de vista de ‘Técnica Legislativa’, una ley que pretende ser el ‘marco legal general’ de una actividad económica de explotación de recursos naturales, presenta en este caso la mención expresa de casos particulares de empresas, lo que exhibe cierto direccionamiento.
Chubut necesita una nueva ley de pesca, de eso no caben dudas, resulta absolutamente necesario que la provincia actualice su normativa pesquera; intentos hubo varios, pero la colisión de intereses no las hizo prosperar.
La redacción de este proyecto, ahora con estado parlamentario y bajo análisis en las comisiones permanentes de Desarrollo Económico, Recursos Naturales y Medio Ambiente, y Presupuesto y Hacienda, habría sido consensuada, en términos políticos, en forma simultánea con la derogación del FAP, aprobada la semana pasada.
Diferentes especialistas consultados coinciden en afirmar que este proyecto es una “Ley de Blanqueo de Permisos de Pesca”. Viene a ‘atar cabos sueltos’ que quedaron en la legislación pesquera provincial, a lo largo de un poco más de una década, con diferentes situaciones particulares. La redacción tiene como base lo que dentro del sector pesquero se conoció coloquialmente como ‘Ley Telma’, sobre lo que le fueron agregando otras diferentes exigencias particulares, hasta llegar a este andamiaje de 16 capítulos y 79 artículos que presenta el proyecto N° 072/22. Se desestimó el borrador que circuló sobre fines del año pasado y que mereció un cerrado rechazo de parte de actores de la pesca chubutense.
Con todo, en algunos tramos se observa una redacción confusa, y errática en conceptos y definiciones, a la vez que la mención expresa de casos particulares de empresas la describe como una norma direccionada. Direccionada a blanquear situaciones de arrastre, atender pedidos de nuevos permisos de pesca provinciales, una suerte de salida salomónica, que deja conforme a casi todos. No se sacan permisos, se mantienen los que están y se crean nuevos. Aunque también hay que decirlo, ignora algunos principios básicos, otorgando permisos irrestrictos provinciales a barcos reformulados que ya usaron su historial de captura, lo que abona que se trata de una ‘ley de blanqueo’.
Autorización provincial de captura
El Capítulo VII del proyecto refiere al “Régimen de Pesca, Permisos de Pesca y Autorizaciones de Captura”. Allí se menciona que los permisos de pesca que se otorguen podrán ser temporarios, provisorios y precarios. Los permisionarios deberán contar, además, con una autorización de captura provincial o cuotas individuales transferibles de captura.
El Artículo 27 dice que para ejercer la pesca, todos los permisionarios deberán poseer autorizaciones de capturas o cuotas de captura: “a) Una autorización provincial de captura irrestricta, de especies no sometidas al proceso de cuotificación, que la autoridad de aplicación otorgará obligatoriamente a quienes le extienda el permiso de pesca; b) Una cuota individual transferible de captura (CITC) otorgadas por el Consejo Federal Pesquero de merluza hubbsi, de corresponder; c) Una cuota de merluza hubbsi de la reserva social de Chubut, la que se otorgará anualmente al titular del permiso que la requiera y que cumpla con lo establecido en las reglamentaciones vigentes”.
Crea nuevas licencias a repartir
El Artículo 34, es uno de los puntos centrales de la norma, y señala que los permisos provinciales serán renovados y otorgados por la Autoridad de Aplicación que es la Secretaría de Pesca.
“Permisos de Pesca Tipo 1: habilita el acceso al caladero para extraer recursos vivos marinos de espacios marítimos bajo jurisdicción provincial una vez que se le adicione una autorización de captura. A tales permisos, la autorización de captura provincial que se les adicionará será una autorización de captura provincial irrestricta para todo tipo de especies no sometidas al proceso de cuotificación, sin desmedro de CITC propias”.
En otro ítem detalla que “los buques fresqueros amarillos históricos de rada o ría y/o costeros, cuya eslora de arqueo menor o igual a 21 metros, único requisito para este estrato de flota, operan en el Área Interjurisdiccional de Esfuerzo Pesquero Restringido, siendo el máximo a otorgar en la jurisdicción provincial de 40 permisos; reconociendo la titularidad de los permisos vigentes a la promulgación de la presente ley; el excedente de permisos será otorgado por la autoridad de aplicación”, puntualiza.
Este artículo crea tres nuevos permisos, elevando el límite de los actuales 37 a 40. Como es de público conocimiento, empresas como Estrella Patagónica y Cabo Vírgenes han venido solicitando, en los últimos años, por la vía administrativa la asignación de permisos de flota amarilla, en función de las inversiones realizadas en Puerto Madryn y Rawson, y la cantidad de empleos que cada planta de procesamiento.
Blanqueo de los VACOPA
En cuanto a los “Permisos de Pesca Tipo 2” también tendrán una vigencia de 10 años, prorrogables por el mismo plazo, y en este apartado se atienden otras situaciones particulares surgidas en la administración pesquera provincial en los últimos años.
“Obtendrán también esta categoría los 6 permisos aprobados por el Plan de Investigación para el Desarrollo de una Pesquería Sustentable de Variado Costero Patagónico (VACOPA), cuyos permisionarios pasarán a detentar el carácter de permiso de pesca de flota amarilla de menos de 21 metros de eslora, que operarán en el AIER. En estos casos, el actual permisionario debe ser una persona física o jurídica que pertenezca a la provincia de Chubut reconociendo como titular del permiso al propietario/armador que lo detenta. En caso de transferencia del permiso de pesca a otra embarcación por fin de vida útil, siniestro, fuerza mayor, modernización tecnológica, eficiencia empresaria, locación, reformulación o reemplazo, el límite siempre será 21 metros de eslora de arqueo. El boleto de compraventa inicia la prueba del cambio de titularidad”, precisa ese ítem específico.
De este modo, los VACOPA surgidos en 2006 para que pesquen en forma experimental especies de variado costero, aunque en realidad siempre pescaron langostino, pasan a obtener el ‘estatus’ de permisos de pesca de flota amarilla.
Comodoro: Conarpesa vendió la planta y se quedó con el permiso
También obtendrán Permisos de Pesca Tipo 2, los permisos aprobados por Ley Provincial IX N° 87, “siempre que los permisionarios cumplan con lo previsto en dicha ley; de ese modo, tales permisos serán renovados cada cinco años y se les incorporará a los mismos una autorización de captura provincial irrestricta o bien para todo tipo de especies no cuotificadas. En caso de incumplimiento sustancial de los compromisos asumidos en el proyecto productivo se dictará la caducidad de los permisos que posean por dicha ley. Conarpesa S.A. y Ecoprom S.R.L. tendrán 365 días para demostrar la titularidad del buque en cabeza del cual colocan el permiso provincial, a partir de lo cual se perfecciona el mismo. El boleto de compraventa inicia la prueba de cambio de titularidad”.
Como se recordará, Conarpesa vendió la planta de procesamiento que tenía en Comodoro Rivadavia y fue adquirida por la firma Barano 2008, aunque la licencia provincial de pesca, atada a esa planta, la continúa usufructuando Conarpesa; en este ítem lo que se busca es solucionar esta cuestión, toda vez que esa planta de procesamiento comodorense no tiene el permiso que por ley se le asignó oportunamente para el sostenimiento de determinada cantidad de puestos laborales.
Madryn: Los cinco de Red Chamber
Por otra parte, también obtendrán permisos Tipo 2 los asignados oportunamente a la firma Red Chamber Argentina de Puerto Madryn.
“Los permisos de pesca otorgados por Ley IX N° 133 cuya vigencia y autorización están supeditadas a que el permisionario dé estricto cumplimiento a lo previsto en la citada ley, en cuyo caso, los permisos serán renovados anualmente y se les incorporará a los mismos una autorización de captura provincial para todo tipo de especies no sometidas a proceso de cuotificación”.
“Se emitirán los permisos que se otorgaron en virtud del Artículo 1° de la Ley IX N° 136 a los fines de afectar su uso en forma precaria y se mantendrán hasta que culmine el proceso de expropiación en trámite sobre los bienes de Alpesca y AP Holding. Ello estará supeditado a que la empresa Red Chamber Argentina S.A. dé cumplimiento a toda la legislación vigente en la materia y, el cumplimiento de los compromisos asumidos en el contrato de arrendamiento de barcos y charteo de buques suscripto en 2014 y a la Ley Provincial IX N° 133. A tales permisos, cuya vigencia será anual, se les agregará una autorización de captura provincial para todo tipo de especies no sometidas al proceso de cuotificación”.
La empresa que explota los bienes de la ex Alpesca, que en la actualidad emplea a más de medio millar de trabajadores entre la planta de Puerto Madryn y sus flotas, venía solicitando seguridad jurídica para sus inversiones y el mantenimiento de las licencias provinciales, oportunamente otorgadas, para satisfacer el abastecimiento de materia prima y el mantenimiento de los empleos.
Cuenta regresiva
En próximas ediciones analizaremos otros aspectos contenidos en el proyecto que ley que presentaron los diputados Eliceche, Pais, Ingram, López, Williams, Pagliaroni, Gabella y De Lucía; legisladores que pertenecen al oficialismo y tres bloques de la oposición.
¿La iniciativa está sujeta a modificaciones, correcciones y sometida a debate real, o hay acuerdo para que se vote a libro cerrado? Interrogantes que se plantean y quedarán expuestos con el correr de los días.