La declaración de Raúl Durdos en carácter de imputado en el marco del juicio oral y público al que llega tras la denuncia formulada hace tres años por Bettina Santillán, en ese entonces secretaria de la Mujer del SOMU, deberá esperar, al menos unos días.
Durdos tenía que declarar ayer pero lo hará recién el próximo lunes 31 de agosto a las 9 de la mañana. La justicia concedió el pedido de prórroga que presentó el dirigente ante una prescripción médica de “reposo ambulatorio”, luego de sufrir una afección coronaria que demandó su internación en el Sanatorio Otamendi.
El secretario General del SOMU, con mandato vencido pero prorrogado por un fallo de la justicia laboral, está acusado de maltrato y desobediencia en una causa que se tramita en el juzgado de primera instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas Nº 2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ubicado en calle Balbín 3556.
El dirigente marítimo supo de su carácter de imputado y la fecha de su indagatoria el pasado 8 de abril, fecha en que la causa quedó definitivamente radicada para la etapa del debate oral y público en el juzgado a cargo del Dr. José Raúl Béguelin.
El juzgado rechazó la petición de la defensa de Durdos para que el juicio no fuese cubierto por medios de comunicación y que Santillán se abstenga de hacer publicaciones en redes sociales del imputado, vinculadas al juicio, al considerar que tienen como objetivo influenciar en el proceso electoral del gremio, por el momento frenado por la justicia laboral.
Justamente quien pareció no tener en cuenta la situación procesal de Durdos fue la Junta Electoral del gremio, desde donde se lo habilitó para participar de las elecciones en el SOMU, las cuales luego fueron suspendidas ante denuncias de las listas opositoras.
La candidatura de Durdos fue a contramano del Artículo 24 inciso d) del Estatuto Social del SOMU referido al requisito de Aptitud Legal y Moral, y al Artículo 18 inciso b) de la Ley 23.551, que exigen explícitamente como condición no tener inhibiciones civiles ni penales.
“Esta exigencia no debe interpretarse únicamente como una condena firme, sino como la ausencia de procesos que, por su gravedad y estado avanzado, afecten la idoneidad exigible para la representación colectiva”, señaló en su momento la defensa de Santillán para cuestionar el rol de la Junta Electoral.
La instrucción penal preparatoria (IPP) que lo tiene a Durdos como imputado lleva el número 19990/2023 (contravencional) e IPP 01-0003903-5/2024 (penal). Se inició el 20 de febrero de 2023 por sistemáticos actos de violencia de género, hostigamiento y trato desigual en el ámbito laboral.
En un principio fue radicada en el Juzgado de 1ra instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas N°8 a cargo de la jueza Natalia Molina, quien dictó medidas preventivas urgentes para que cese la perturbación e intimidación a Santillán, cosa que Durdos no habría cumplido. El Juzgado admite las pruebas y en diciembre del año pasado eleva la causa a juicio.
Molina rechazó la prescripción planteada por la defensa de Durdos basada en el plazo genérico de 18 meses. La jueza adhirió a la tesis de la contravención continuada. “Los actos de hostigamiento, maltrato y discriminación no son sucesos aislados, sino que configuran un plan único e ininterrumpido que afecta de forma persistente al mismo bien jurídico y a la misma víctima”, sostuvo.
La magistrada también declaró la admisibilidad de la plataforma probatoria ofrecida por Santillán, que incluyó declaraciones testimoniales, registros de audio y peritajes informáticos. En octubre del año pasado el Secretario General del SOMU fue notificado de la Audiencia Preliminar, acto que selló el conocimiento cabal del imputado sobre el avance irreversible del proceso hacia la instancia del juicio oral y público.
La posterior resolución del 23 de diciembre de 2025, que rechaza las excepciones de la defensa y admite las pruebas de la querella, confirmó el estadio avanzado del expediente y la condición de Durdos como imputado.
