10/09/2025
Chubut reclama $2.520 millones a Red Chamber y alquilaría la ex Alpesca a Profand

Se conoció el decreto por el que se da por extinguido el contrato de arrendamiento de los bienes de la ex Alpesca entre la Provincia y Red Chamber. El Estado exige el pago de 2.520 millones de pesos por canon adeudado e intimó a devolver los bienes a fin de mes. El STIA asegura que ya está redactado el nuevo contrato con Profand.

Revista Puerto - Chubut - Planta de Red Chambers ex Alpesca
Por Nelson Saldivia Fotos de archivo

Un nuevo capítulo se abre en la tortuosa e irresuelta expropiación de Alpesca. El Gobierno de Chubut notificó a la firma Red Chamber Argentina S.A. del dictado de un decreto que extingue la relación contractual del Estado provincial con esa empresa por el alquiler de los bienes de la ex Alpesca, los cuales permanecen bajo la órbita de la provincia en función de que fueran declarados de utilidad pública sujetos a expropiación, instancia judicial que sigue pendiente de resolución desde 2014.

Con la firma del gobernador Ignacio Torres, el Decreto N° 1051” rechaza el recurso jerárquico y de nulidad” interpuesto por la empresa Red Chamber Argentina sobre la resolución de febrero de la Secretaría de Pesca y se da “por extinguido el Contrato de Arrendamiento de Bienes y Charteo de buques entre la Provincia del Chubut y Adalina S.A.”.

Contrato extinguido

La Secretaría de Pesca, a través del Comité de Alpesca, envió una nota a la empresa «a los fines de notificarles el Decreto N° 1052 por el cual se rechaza el recurso jerárquico y de nulidad contra la Resolución N° 67/2025-SP y se da por extinguido el contrato de arrendamiento». «Habiendo quedado firme la resolución se les hace saber que deberán reintegrar todos los bienes de Alpesca S.A. y AP Holding S.A. a la Provincia del Chubut (comité de administración de Alpesca) en un plazo no mayor al 30/09/2025 bajo apercibimiento de iniciar acciones judiciales pertinentes», advierte la notificación del gobierno.

Traspaso y transición

«Requerimos presten la cooperación necesaria para efectuar un traspaso de los bienes de Alpesca a quien resultará nueva arrendataria y una transición del personal de manera ordenada. A tales efectos, se requiere brinden acceso a los datos laborales del personal a fin de garantizar el pago de los haberes por parte de la futura arrendataria», agrega en otro tramo.

Asimismo, se menciona que «los buques Promarsa III y Cabo Vírgenes no podrán operar más allá del día 30/09/2025 plazo en el cual deberán encontrarse en muelle a fines de incorporar la tripulación de guardia o utilizar la existente en caso que hayan pertenecido a Alpesca», agrega.

Reclamo de canon

En tanto, le informaron a Red Chamber que «se procederá a notificar a la Subsecretaría de Pesca de la Nación, al Consejo Federal Pesquero, a Prefectura Naval Argentina, al Senasa y a la Municipalidad de Puerto Madryn a fin de comunicarles la finalización del contrato que unía a las partes y el cese inmediato de toda autorización de uso y goce de los bienes de Alpesca».

El Comité de Alpesca en el último punto expresa: «asimismo, se les intima a abonar la suma (al día de la fecha) de $2.500.000.000 en concepto de cánones locativos adeudados, bajo apercibimiento de derivar la deuda a la Fiscalía de Estado para que ejecuten la deuda».

Fundamentos del decreto

El gobernador Torres en el decreto explica que «el informe que da lugar a la Resolución 67/2025-SP, mediante la cual el Director del Comité de Administración de Alpesca y el Secretario de Pesca de la Provincia resuelven declarar extinguido el Contrato de Arrendamiento celebrado entre la Provincia y Red Chamber Argentina S.A. por vencimiento de plazo y, subsidiariamente, por reiterados incumplimientos».

La Provincia esgrime «que la realidad es que el acto administrativo dictado tiene fundamento en un informe realizado por el Director del Comité de Administración de Alpesca pudiendo la recurrente coincidir o no, pero es incierto que el mismo carece de fundamentos».

Por otro lado, se afirma que «el comité de Alpesca tiene facultades para dar de baja el contrato de arrendamiento o declararlo extinguido, haciendo sido pertinente que la determinación se haya realizado en forma conjunta con la Secretaría de Pesca como autoridad de aplicación».

“Que si la extinción del contrato es por vencimiento del plazo, lo cierto es que por esta razón no es necesaria la intimación previa a la empresa para que subsane los incumplimientos. Esto, porque vencido el plazo, los mismos solo se contemplan como una imputación subsidiaria que fundamente la determinación de baja del contrato”, descrine los considerandos de la medida conocida este martes.

Núñez descuenta que viene Profand

“El Grupo Profand se hará cargo de la ex Alpesca”, aseveró ayer el secretario General del Sindicato de Trabajadores de la Industria de la Alimentación, Luis Emilio Núñez, en declaraciones a Jornada Radio.

El sindicalista fue más allá y dijo que “también vamos a tener acceso al borrador del contrato que se va a firmar entre el Gobierno y la firma Profand, con lo cual vamos a tener la posibilidad de revisar si se cumplen con toda la requisitoria original contenida en la ley que dio inicio al proceso de expropiación de los bienes productivos de la ex Alpesca”, añadió.